jueves, abril 25, 2024
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EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA PSICOLOGÍA SERÁ TEMA DE ANÁLISIS

GREMIAL WEB POR EL MERCOSUR: El proyecto de ley “Del ejercicio profesional de la psicología en el Paraguay”, presentado por el diputado Edgar Acosta (PLRA-Central), será, en breve, debatido por el pleno de la Cámara de Diputados.

Según el proyectista, el documento tiene por finalidad regular el ejercicio de los profesionales egresados de la carrera de psicología, teniendo en cuenta que resulta necesario legislar sobre las inhabilidades o incompatibilidades, principios, derechos, obligaciones y prohibiciones de los profesionales.

La exposición de motivos señala que, actualmente, el Paraguay es el único país del Mercosur que aún no cuenta con una ley pertinente al área de su competencia. “Es sumamente alarmante, teniendo en cuenta que en la actualidad la demanda dentro de la sociedad del profesional en psicología es cada día mayor; es indispensable brindar mayor interés y apoyo a estos profesionales quienes se encuentran desprotegidos”, refirió el parlamentario E. Acosta.

Se propone que el ejercicio del profesional de la psicología, en todo el territorio de la República, quede sujeto a las disposiciones de la presente ley, a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos, aprobados y ratificados por la República del Paraguay sobre la materia, así como las reglamentaciones que en consecuencia se dicten.

Ejercicio del profesional de la psicología
Ejercicio del profesional de la psicología

El otorgamiento del registro profesional respectivo, así como el control del ejercicio de la profesión, quedan a cargo del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en las condiciones que se establezcan en la correspondiente reglamentación.

El proyecto establece, entre algunas prohibiciones, prescribir, administrar o aplicar medicamentos o químicos, o cualquier otro medio físico destinados a los tratamientos de las personas que no hayan sido validados por la comunidad científica.

Igualmente, dividir sus honorarios con colegas u otros profesionales, sin perjuicio del derecho a presentar honorarios en conjunto por el trabajo realizado en equipo.

Así también, anunciar o hacer anunciar por algún medio la actividad profesional como psicólogo/a publicando falsos éxitos terapéuticos o laborales, o falsos resultados de investigaciones, así como prometer resultados en las diferentes áreas de especialización basados en cualquier forma de engaño.

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