jueves, abril 25, 2024
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Contratación de mano de obra formalizada solicitan en ciudades fronterizas

El proyecto de ley “Por el cual se reglamentan las disposiciones legales, referentes a la contratación de mano de obra extranjera, vinculante a la actividad laboral en las zonas fronterizas con el Brasil”, impulsado por el diputado Jorge Brítez González (Indep.-Alto Paraná), ya cuenta con dictamen de aprobación por parte de la Comisión de Asuntos Migratorios y Desarrollo.

Esta iniciativa busca brindar mayores garantías y el aseguramiento laboral de la mano de obra paraguaya en una zona donde abundan empleados extranjeros.

El diputado J. Brítez asegura que los comerciantes, principalmente, de Ciudad del Este, prefieren contratar, ilegalmente, mano de obra extranjera porque es más barata, dejando de lado a los connacionales.

Triple Frontera

En su exposición de motivos, el proyectista menciona que un dato estimativo delata la existencia de alrededor de 450.000 migrantes brasileños y que casi la mitad estaría en forma irregular
“Miles de brasileños indocumentados cruzan el Puente de la Amistad, para ocupar puestos laborales en todos los negocios, desde el microcentro de la ciudad, pasando por la zona del Km.4 hasta el Km.13, mientras que los compatriotas son desechados o rechazados por los dueños de los negocios, porque la mayoría o son orientales, árabes, hindúes o brasileños, que prefiere la mano de obra barata, fuera de la ley, para aumentar sus ganancias”, refiere el documento presentado por el parlamentario.

Indicó además, que los extranjeros indocumentados, perciben asignaciones por debajo del salario mínimo y no figuran en el sistema previsional de seguro obligatorio y ni siquiera están registrados como trabajadores en el Ministerio del Trabajo.

Ante ello, este marco normativo prevé establecer como exigencia, que para la contratación de mano de obra extranjera, se deberá exigir obligatoriamente a los mismos, el documento legal que acredite su radicación definitiva en la República del Paraguay.

Es importante mencionar que este marco regulatorio dispone en uno de sus apartados, que será aplicable en los departamentos que sean limítrofes con el Brasil, en todos los ramos de la actividad económica, sean comerciales, financieras, tecnológicas, industriales, agropecuarias, turísticas, universitarias, médicas o de servicios.

Otro punto menciona que la inobservancia de las disposiciones serán sancionadas, en la primera oportunidad, con una multa de (300) trescientos jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas; en caso de reiteración, se aplicará una multa de (350) trescientos cincuenta jornales mínimos y la clausura provisoria del negocio por el término de 30 días y; si la inobservancia persiste se aplicará una multa de (400) cuatrocientos jornales mínimo legales y clausura definitiva del negocio.

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