sábado, abril 20, 2024
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Repro 2:  El plazo para la inscripción en ambos programas será desde el 21 al 27 de febrero próximos

A través de la Resolución 1123/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Repro 2 y extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados en febrero.

El plazo para la inscripción en ambos programas será desde el 21 al 27 de febrero próximos. La norma señala que se contemplan las consecuencias de la situación generada por la pandemia de Covid-19 que continúan afectando a ciertas actividades y sectores de la economía.

Asimismo, se fijaron las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.

Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán enero de 2019 y el mismo mes de 2022, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Programa REPRO II
Programa REPRO II

En tanto, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será enero último, mientras que el corte de actualización de bajas de nómina y el de CBU serán hasta el 20 de febrero.

En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, deberán presentar una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre enero último y mismo mes de 2019.

Asimismo, el período de referencia de pagos a acreditar será para autónomos desde junio a diciembre de 2021 y para monotributistas desde julio del año pasado hasta enero de este año.

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